jueves, 25 de enero de 2007

ILÍCITOS TRIBUTARIOS

Los Ilícitos Tributarios
son toda acción u omisión que importe violación de normas tributarias de índole sustancial o formal y que constituye una infracción reprobable.
También se dice que son la manifestación, en el Derecho Tributario, del derecho de castigar que ostenta el Estado contra quienes vulneren el ordenamiento jurídico de manera que afecten bienes fundamentales de la sociedad.

Clasificación de los ilícitos tributarios

1.- Ilícitos formales: son todas aquellas acciones que incumplan con deberes formales como: Inscribirse en los registros exigidos, Emitir o exigir comprobantes (facturas), llevar libros o registros contables o especiales, Presentar declaraciones y comunicaciones, Permitir el control de la administración tributaria, Informar y comparecer ante la administración tributaria.
2.- Ilícitos relativos a las especies fiscales y gravadas:
Originados por la importación, industrialización y comercialización de, alcoholes, especies alcohólicas, cigarrillos y demás manufacturas del tabaco que acarrea multas de 50 U.T a 350 U.T y el comiso de aparatos, recipientes, vehículos, instrumentos de producción, materias primas en caso de una industria clandestina y el comiso de las especies fiscales.
3.- Ilícitos materiales: son ilícitos de resultado y castigan no solo la omisión del pago de tributo y los anticipos a cuentas, sino también, la obtención indebida de reintegros tributarios.
4.- Ilícitos sancionados con pena restrictiva de libertad: La defraudación tributaria, La falta de enteramiento de anticipos por parte de los agentes de retención o percepción, La divulgación, uso personal, o el uso indebido de la información confidencial proporcionada por terceros.

Sanciones aplicables
Está la Prisión, Multas, Clausura temporal del establecimiento, Comiso y destrucción de efectos materiales e incluso la Inhabilitación del ejercicio profesional. Serán aplicadas por la administración tributaria (sanciones pecuniarias), a salvo de las penas de cárcel (penas restrictivas de libertad) que serán impuestos por el tribunal: Las multas no se pagan con cárcel y las sanciones pecuniarias si no se pagan en efectivo, se pagan con cárcel. Los órganos judiciales tendrán la posibilidad de suspender la pena restrictiva de libertad si el contribuyente no es reincidente, es decir sino ha sido condenado por un hecho ilícito anteriormente, y si ha pagado las cantidades adeudadas al fisco.

La evasión fiscal

Es la eliminación o disminución de un monto tributario producido dentro del ámbito de un país por parte de quienes están jurídicamente obligados a abonarlos.

El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT)
Es el órgano de ejecución de la administración tributaria nacional, al cual le corresponde la aplicación de la legislación aduanera y tributaria nacional.La Fiscalización Tributaria es un Servicio de la Hacienda Pública Nacional, que comprende todas las medidas adoptadas para hacer cumplir las leyes y los reglamentos fiscales por los contribuyentes.

El plan evasión cero
Es una iniciativa permanente del SENIAT orientada a concienciar a la población sobre el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

BIBLIOGRAFÍA:

http://www.monografias.com/trabajos32/ilicitos-tributarios/ilicitos-tributarios.shtml#desarr

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